Ordenanza Municipal de Ayudas para la realización de obras de Primera Instalación de Ascensores en Edificios Residenciales Existentes vigente, junto con los impresos de solicitud y documentación anexa, así como los listados históricos de todas las subvenciones concedidas desde la implantación de estas ayudas en el años 2007.
Que sea la primera instalación de ascensor en el edificio, y que el mismo sea de uso residencial de vivienda colectiva.
Presupuesto de obras superios a 4.000,00 €.
Ejecutar las obras objeto de subvención en el plazo de un años desde la fecha de concesión provisional de la ayuda.
No quedan amparadas en estas ayudas las actuaciones cuando estemos ante una promoción inmobiliaria, cuando las obras supongan la restitución o renovación de ascensores existentes, y cuando se lleve a cabo en viviendas unifamiliares.
Fomentar la realización de obras de primera instalación de ascensores en las edificiaciones de carácter residencial existentes en el municipio que carezcan de dicho equipamiento y sea procedente su implantación en cumplimiento de normativas legales aprobadas con posterioridad a la construcción del edificio.
El importe de la ayuda es un 15% del presupuesto de las todas obras necesarias para la instalación del Ascensor, con un máximo de:
– 6.750,00 € en Ascensores Interiores.
– 9.000,00 € en Ascensores Exteriores.
FG_AUTHORS: jca0179
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