Ante la crisis del Covid-19, numerosas empresas han hecho uso de los ERTES para evitar pérdidas económicas y proteger a los trabajadores. Sin embargo, si una empresa decide aplicar esta medida puede requerir de una justificación para demostrar que no se trata de un ERE encubierto, o una reclamación por parte de los trabajadores afectados. En ambos casos, se necesita un informe pericial realizado por un perito judicial economista.

El ERTE o Expediente de Regulación Temporal de Empleo se basa en la suspensión de los contratos temporales o la reducción de la jornada de estos. Entre las causas económicas podemos encontrar la existencia de pérdidas severas como consecuencia de una disminución de los ingresos o de las ventas.

El Covid-19 ha provocado una emergencia sanitaria en España y un inicio masivo de solicitudes de expedientes de regulación de empleo, tanto ERE como ERTE. Este tipo de expedientes demandan una gran cantidad de informes periciales para comprobar que dichas empresas pueden justificar estas medidas. Estos informes pueden ser realizados por un perito judicial economista o un administrador perito judicial especializado en economía.

En el momento de solicitar un ERTE es necesario presentar un informe económico. El Estatuto de Trabajadores obliga a las empresas a presentar un informe que justifique las razones de un despido colectivo. Un ERTE puede llevarse a cabo, si la situación económica de la empresa acarrea pérdidas y debe desprenderse por un tiempo de los trabajadores para asumir dichas pérdidas. Para ello, es necesario justificar que durante tres trimestres consecutivos se ha apreciado una disminución respecto a los ingresos del periodo anterior.

El encargado de realizar esta clase de informes debe ser una figura imparcial, es decir, no estar sujeto a ningún interés personal o a presiones internas. El profesional más adecuado para ello es el perito judicial economista o el auditor económico, ya que están capacitados para hacer esta acción. El profesional tiene que analizar los libros de cuentas y la contabilidad referente a los últimos años de actuación de la empresa. Es imprescindible que la empresa aporte la documentación necesaria para agilizar el proceso en la medida de lo posible.

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