- Ordenanza Municipal Vigente.
- Impresos de Solicitud.
- Listado de Edificios Catalogados en Santander.
- Listados Históricos de Subvenciones Concedidas.
Que las obras se realicen en fachadas visisbles desde vía pública en edificios Catalogados.
Que las obras afecten a la totalidad de la fachada por encima de la planta baja, pudiendo incorporarse esta en la parte que sea objeto de rehabilitación.
Presupuesto de obras superios a 1.803,04 €.
Adecuación de las fachadas a las Ordenanzas Urbanísticas Municipales, suprimiendo elementos añadidos e inadecuados que no se adapten a las mismas (antenas de televisión, equipos de aire acondicionado, carteles de publicidad, etc.).
Ejecutar las obras objeto de subvención en el plazo de un años desde la fecha de concesión provisional de la ayuda.
Fomentar la realización de obras de interés arquitectónico, artístico o ambiental, promoviendo la restauración, conservación o consolidación de la imagen urbana de los edificios catalogados.
La ayuda es un porcentaje del Presupuesto de la obras a realizar en las fachadas visibles desde la vía pública.
El porcentaje de ayuda varía en función del nivel de protección que tiene el edificio en el Catálogo:
– 30 % Nivel 0 Protección Monumental.
– 30 % Nivel 1 Protección Integral.
– 25 % Nivel 2 Protección Estructural.
– 20 % Nivel 3 Protección Ambiental
Dicho porcentaje se aplica sobre el Presupuesto de las obras que se van a realizar. No obstante existe un presupuesto máximo subvencionable que es de:
– 60,01 €/m2 de fachada en obras de régimen General.
– 90,15 €/m2 de fachada en obras de régimen Especial (recuperación de elementos añadidos originales que precisen utilización de medios extraordinarios de elevado coste).
FG_AUTHORS: jca0179
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